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Protesta secretario Ejecutivo del IEE

Protesta nuevo Secretario Ejecutivo del IEE

HERMOSILLO, Son., 3 de Octubre de 2014.- La consejera presidente del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEE), Guadalupe Taddei Zavala tomó protesta a Walter Octavio Valdez Trujillo como nuevo Secretario Ejecutivo del órgano electoral.

Lo anterior en base al Artículo 22 fracción VII de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Sonora, en la cual se especifica que es facultad de la presidencia el designar a quien ocupará dicho cargo.

El Lic. Valdez Trujillo ha ocupado diversos cargos en su trayectoria profesional, de los cuales en el ámbito electoral destaca el haber fungido como Consejero Ciudadano Propietario del entonces Tercer Distrito Electoral Federal y Consejero Municipal Electoral, ambos en el municipio de  Guaymas, Sonora.

De acuerdo al artículo 123 de la citada Ley, corresponde al Secretario Ejecutivo desarrollar las siguientes funciones:

·         Auxiliar al propio Consejo General y a su presidente, en el ejercicio de sus atribuciones;

·         Informar sobre el cumplimiento de los acuerdos del Consejo General;

·         Dar cuenta con los proyectos de dictamen de las comisiones;

·        Recibir y sustanciar los recursos de revisión que se interpongan en contra de los actos, acuerdos, omisiones y resoluciones de los consejos distritales y municipales y preparar el proyecto correspondiente;

·     Recibir y dar el trámite previsto en la presente Ley, a los medios de impugnación que se interpongan en contra de los actos, acuerdos, omisiones o resoluciones del Instituto Estatal, informándole sobre los mismos en la sesión inmediata posterior;

·        Expedir los documentos que acrediten la personalidad de los consejeros y de los representantes de los partidos políticos, coaliciones y candidatos independientes;

·         Firmar, junto con el presidente del Consejo General, todos los acuerdos y resoluciones que emita el propio Instituto Estatal;

·         Informar a los consejos distritales o municipales correspondientes sobre la recepción y resolución de las solicitudes de registro de candidatos presentadas ante el Instituto Estatal;

·         Vigilar que se reciban los paquetes electorales y los expedientes de la elección de Gobernador, remitidos por los consejos distritales, resguardándolos bajo inventario para efecto de que el Consejo General realice el escrutinio y cómputo estatal de dicha elección;

·         Dar trámite a los procedimientos administrativos sancionadores.